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Envios de Valores La Nacional Corp.
LEY DE SECRETO BANCARIO Y ANTI LAVADO DE DINERO
Ultima actualización : Abril 26, 2010

Política Conozca a su Agente.

Otra manera efectiva de evitar que los delincuentes utilicen los servicios de La Nacional es adoptando y siguiendo una efectiva política de Conozca a su agente. La gran mayoría de las transacciones de la Nacional con los clientes se llevan a cabo por los agentes ubicados en los Estados Unidos. Por lo tanto, La política “Conozca a su Agente” de La Nacional requiere llevar a cabo la debida diligencia para familiarizarse con cada agente, sus directores y de negocios antes de establecer la relación. La política “Conozca a su Agente” de La Nacional también le obliga a monitorear las transacciones para detectar patrones de actividad de los agentes que pueden indicar la estructuración para evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o cualquier procedimientos de La Nacional, posible lavado de dinero o cualquier actividad penal o inusual de modo que puedan actuar adecuada y reportar si es necesario la actividad a las autoridades gubernamentales correspondientes. La Nacional ha puesto en marcha procedimientos que cumplen con la Ley de Secreto Bancario y Anti Lavado de Dinero (Manual de Cumplimiento), que contienen los procedimientos de los agentes están obligados a seguir con los procedimientos de las transacciones de La Nacional.

Programa de Cumplimiento Legal: Ley de Secreto Bancario y Anti Lavado de Dinero.

Las políticas Conozca a su cliente y Conozca a su Agente de La Nacional son partes esenciales de su fuerte programa de Cumplimiento de toda la compañía cumpliendo con la Ley de Secreto Bancario y Anti Lavado de Dinero (el "Programa"), que consta de los siguientes cuatro componentes:

a) Designación de un funcionario encargado de la operación cotidiana del Programa;
b) Un sistema de controles internos para monitoreo;
c) La capacitación del personal apropiado, y
d) d. Las pruebas independientes del Programa de cumplimiento.

El programa ha sido adoptado por la Junta De Directores de La Nacional y se pone en práctica a través del Manual de Cumplimiento (Compliance Manual se referirá conjuntamente en lo sucesivo como el "Nacional de La Procedimientos"). El Oficial de Cumplimiento de LA Nacional de Cumplimiento de la oficial ha sido designado como el funcionario responsable de coordinar y controlar día a día el cumplimiento con el Programa.

Con este fin, es la política de La Nacional a:

1. Cumplir con los requisitos de información y archivo de la Ley de Secreto del Banco y su normativa de desarrollo (en adelante denominado el "BSA"), incluyendo la presentación de CTR y llevar registros de las transferencias bancarias y las ventas en efectivo de instrumentos monetarios de $ 3,000 y más;

2. Mantener todos los registros y copias de todos los informes requeridos por la BSA durante al menos cinco años;

3. Mantener y actualizar el Programa en su caso.

4. La Nacional enérgicamente sigue su política de Conozca a su cliente tal como se aplica por sus procedimientos:

a. Que requieren la identificación y otra información del cliente en los límites fijados por la Nacional antes de que el procesamiento de transacciones;

b. Negarse a procesar una transacción si el conductor no presenta la identificación requerida o proporciona información que aparece es falsa o incoherente, o si la transacción es indicativo de la estructuración de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o el Nacional de La Procedimientos, posible lavado de dinero u otros criminales o actividad inusual, y

c. Estar alerta y control de las transacciones para identificar las transacciones de divisas que se reportan en el CTR, así como la actividad del cliente que puede ser indicativo de la estructuración de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o el Nacional de La Procedimientos, el blanqueo de dinero posible o penal o inusual otra actividad ;

5. La Nacional enérgicamente sigue su política de "Conozca a su agente" implementada por sus procedimientos:

a. La realización de la diligencia debida en cada agente, antes de entrar en una relación;

b. Ayudar a cada agente en el cumplimiento de la BSA, proporcionando un resumen de la BSA y el lavado de dinero contra las leyes, así como los procedimientos de Agente;

c. Requiere que cada agente informe de actividades que pueden ser indicativos de la estructuración de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o el Nacional de La Procedimientos, el blanqueo de dinero posible o penal o inusual otra actividad que implique un cliente de La Nacional a las autoridades gubernamentales adecuadas, así como proporcionar una copia de cada informe de La Nacional;

d. La implementación de controles para supervisar las operaciones para detectar patrones de actividad del agente que puede ser indicativo de la estructuración de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o el Nacional de La Procedimientos, el blanqueo de dinero posible o penal o inusual otra actividad, y

e. Tomando las medidas adecuadas con respecto a cualquier agente que La Nacional ha informado al gobierno por participar en conocido o sospecha de actividad delictiva, que puede incluir terminación de agente de la Agencia del Acuerdo con La Nacional;

6. Inmediatamente refiera si sabe o se sospecha un caso de estructuración en evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro de los procedimientos de La Nacional, el blanqueo de dinero posible u otra actividad penal o inusual que implique algún cliente o agente al Oficial de Cumplimiento, que después de una investigación, informará sin demora si sabe o sospecha actividad delictiva a las autoridades gubernamentales adecuadas, en consonancia con el estado aplicable y las leyes federales y regulaciones;

7. Nunca dar cualquier consejo o asistencia de otra índole a los clientes o agentes con respecto a la forma de estructurar las transacciones de divisas o de eludir la presentación de informes o registros requisitos de la BSA o de procedimientos de La Nacional, y

8. Cooperar plenamente con las autoridades de aplicación de la ley dentro de los límites de la ley aplicable.

Es responsabilidad de cada empleado, funcionario y director de La Nacional de leer, entender y apegarse estrictamente a esta declaración de política de La Nacional sobre el cumplimiento del programa BSA y Anti lavado de dinero, las políticas y procedimientos. Las preguntas deben ser dirigidas al Oficial de Cumplimiento.

Violaciones del programa de BSA y Anti lavado de dinero de La Nacional, sus políticas y procedimientos puede ser motivo para una acción disciplinaria, incluyendo la terminación del empleo.


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