El Programa de Cumplimiento de Envíos de Valores La Nacional Corp. (La Nacional) cumple con todas las reglamentaciones federales y estatales que rigen la industria de los negocios de servicios monetarios (MSB), incluidas, entre otras, la Ley de Secreto Bancario (BSA), la Ley Patriota de EE. UU. de 2001 y el Código de los Estados Unidos Título 18 Leyes de lavado de dinero. Como lo requiere la Sección 352 de la Ley Patriota de los EE. UU. de 2001, el Programa de Cumplimiento de La Nacional se adhiere y mantiene un programa de cumplimiento que incluye, como mínimo:

• Designación de un Oficial de Cumplimiento
• Políticas, Procedimientos y Controles Internos
• Capacitación Pertinente y Continua de los Empleados
• Pruebas y revisiones independientes

Como institución financiera no bancaria, Envíos de Valores La Nacional Corp. (La Nacional), está regulada por el Departamento del Tesoro, Servicio de Impuestos Internos, FinCEN, el Departamento de Servicios Financieros del Estado de Nueva York y las diversas autoridades reguladoras e instituciones de aquellos estados donde la empresa posee una licencia de funcionamiento.

Envíos de Valores La Nacional Corp. (La Nacional) está debidamente registrada como Empresa de Servicios Monetarios (MSB) ante The Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN), la unidad de inteligencia financiera del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.

Envíos de Valores La Nacional Corp., (FT908762 / CS110809 -217 / NMLS#908762) está autorizado para participar en el negocio de una agencia de transmisión extranjera y vendedor de cheques bajo el capítulo 169 y el capítulo 167F de las Leyes Generales de Massachusetts, respectivamente.

Controles, políticas y procedimientos adecuados.

La compañía ha creado un Programa de cumplimiento legal que incorpora todas las políticas y procedimientos relacionados con el cumplimiento de BSA y la Ley Patriota de EE. UU. En la prevención del lavado de dinero. El Programa de cumplimiento también detalla las reglas de cumplimiento con la lista OFAC, los procedimientos de “Conozca su Cliente” (KYC) y los requisitos de registro, entre otros requisitos. Debido a la importancia en la implementación de un programa de cumplimiento, LA NACIONAL ha creado un “Manual de Lucha Contra el Lavado de dinero para Agentes”. En este manual, la compañía especifica las responsabilidades de los agentes, no solo bajo la ley, sino también bajo las políticas y procedimientos establecidos por LA NACIONAL en su programa de cumplimiento.

Designación de Oficial de Cumplimiento

Para garantizar un desempeño adecuado, la compañía ha nombrado a un Jefe de Cumplimiento (CCO) el cual es un abogado licenciado y un especialista certificado en el Anti-lavado de Dinero con más de 30 años de experiencia en la industria de servicios financieros y que realmente comprende la importancia del régimen regulatorio que cubre a las empresas de servicios monetarios. El CCO funcionalmente reporta directamente a la Junta Directiva y administrativamente al presidente (CEO) de LA NACIONAL. El Jefe de Cumplimiento tiene un equipo interdisciplinario de personal bien capacitado que le asiste en la supervisión y el monitoreo de las múltiples funciones del departamento de cumplimiento.

Revisiones Independiente del Programa de Cumplimiento.

Todos los años, LA NACIONAL contrata a una firma consultora independiente reconocida que evalúa su programa AML / BSA y que examina sus políticas y procesos internos comparándolos con altos estándares dentro de la industria, asi como también con los nuevos desarrollos regulatorios dentro del sistema financiero de los EE. UU. Y basado en ello hacen recomendaciones y/o sugieren ajustes para ayudar a mantener y mejorar el Programa de Cumplimiento de LA NACIONAL, como resultado de lo anterior, LA NACIONAL ha implementado y automatizado múltiples procesos de revisión y supervisión que ayudan a mejorar la forma en que sus sistemas monitorean y detectan actividades inusuales, realizan un seguimiento de las políticas de capacitación continua así como también contribuyen en los procesos internos de diligencia debida a que haya lugar realizados a través de sus sistemas, con la participación activa del personal de cumplimiento. Estos procesos automatizados tienen en cuenta todos los requisitos regulatorios existentes para dicha labor, como consecuencia de lo anterior, cada transacción se revisa para verificar su cumplimiento con AML/BSA, OFAC, La Ley de Secreto Bancario y cualquier otra regulación a que hubiese lugar.

Programa de Entrenamiento Continuo

LA NACIONAL ha establecido un programa de capacitación que aborda todos los asuntos regulatorios relacionados en cada estado en el que tiene licencia, incluidos los requisitos de AML/BSA, el abuso financiero a personas mayores y la regulación de Consumer Financial Protection Bureau (CFPB), entre muchos otros temas. En este sentido, LA NACIONAL fomenta una gran conciencia entre todos sus empleados, incluyendo los miembros de la junta directiva, sus ejecutivos, sus directores y sus demás miembros en los diferentes departamentos, incluidos los empleados de sus propias sucursales y en particular, los miembros de su departamento de Cumplimiento. El Jefe de Cumplimiento es el directo responsable de implementar y mejorar el Programa de Cumplimiento. LA NACIONAL mantiene registros actualizados de las capacitaciones de cumplimiento. Entre los agentes se distribuye una copia del «Manual Contra el Lavado de Dinero» creado específicamente para ellos, una vez que se completa el proceso de incorporación como agente. El departamento de cumplimiento también emplea especialistas cuyas funciones son la capacitación adecuada de nuevos agentes y el monitoreo al entrenamiento de los agentes actuales. El Oficial de Cumplimiento realiza visitas periódicas a los agentes para evaluar la capacitación brindada y envía habitualmente actualizaciones a través del sistema de cómputo, utilizado por los agentes para realizar transacciones, sobre los nuevos desarrollos regulatorios aplicables a los MSBs.

El lavado de dinero es un componente vital del tráfico de drogas y otros delitos en todo el mundo. El blanqueo de capitales es el proceso mediante el cual se oculta la naturaleza o la fuente de fondos ilegales y se encubre para parecer legítimos En los Estados Unidos, la Ley de Secreto Bancario requiere a las Empresas de Servicios Monetarios y otras instituciones financieras a presentar informes de transacciones de divisas de más de $ 10.000 y para mantener una variedad de registros para ayudar al gobierno en la prevención y detección de actividad criminal, incluyendo los registros de identificación de transferencias electrónicas y las ventas en efectivo de instrumentos monetarios de $ 3,000 o más. Además, la Ley de Secreto Bancario hace un delito la «estructuración» o romper las operaciones por debajo de los requisitos de registro y archivo de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de lugar. Estructuración o no cumplir con la Ley de Secreto Banco puede dar lugar a la imposición de sanciones grandes civiles y penales en contra de la institución financiera y de cualquier empleado involucrado en la transacción. Las personas también pueden ser encarceladas hasta por 10 años, y el dinero involucrado en la transacción puede ser incautado. En el marco de las leyes Anti Lavado de Dinero de EE.UU., también es un crimen para cualquier persona a participar a sabiendas en cualquier transacción financiera o comercial o de transporte internacional o transmisión de fondos producto del tráfico de drogas u otra actividad criminal. El conocimiento puede ser creado comprobando que la persona fue «voluntariamente ciega» o «deliberadamente indiferentes» a la fuente o el origen de los fondos. Las Violaciones de las leyes Anti lavado de dinero pueden resultar más graves y severas que las violaciones de la Ley de Secreto Bancario. Las empresas y las personas condenadas por lavado de dinero pueden ser multadas hasta $500,000 o el doble del valor de los fondos blanqueados, cualquiera sea mayor, por cada violación y los individuos pueden enfrentar hasta 20 años de prisión. Además, el gobierno puede confiscar y decomisar el producto del tráfico de drogas y otros delitos y cualquier propiedad procedente y/o involucrada en la actividad delictiva. El mero hecho presuntamente asociadas con los lavadores de dinero puede resultar en la pérdida de la buena reputación de entidad financiera y la confianza de sus clientes. MSB se han vuelto vulnerables a los posibles esquemas de lavado de dinero porque, como los bancos, permiten el movimiento de fondos a casi cualquier parte del mundo. Recientes investigaciones criminales han demostrado que los blanqueadores de dinero pueden transmitir dinero en cantidades menores de $ 10,000 para evadir los requerimientos de reportes de transacciones en efectivo, utilizando una identificación falsa para transmitir fondos y comprar giros postales y cheques de viajero y el envío de transferencias bancarias por montos menores de $3,000 para evitar los requisitos de identificación. Política de Cumplimiento Envíos de Valores La Nacional Corp. («La Nacional») se compromete a cumplir plenamente con no sólo la letra de la Ley de Secreto del Banco, sino también su espíritu, y de tomar medidas activas para detectar, prevenir e informar a las autoridades gubernamentales correspondientes, en la medida permitida por las leyes y reglamentos aplicables, y se sospecha violaciones de la Ley de Secreto Bancario, el blanqueo de los estatutos de dinero y otros delitos. Si bien la gran mayoría de los fondos transferidos por La Nacional son operaciones desde los Estados Unidos a otros países (por ejemplo, el dinero es enviado por personas que trabajan en los Estados Unidos a sus familias fuera de los Estados Unidos o por las empresas que deseen transferir fondos rápidamente en el extranjero) , es concebible que algunos clientes podrían tratar de utilizar los productos de La Nacional para mover el dinero derivado de forma ilegal, sin el conocimiento de La Nacional. Política conozca a su cliente Una manera eficaz de impedir que los delincuentes utilicen los servicios de La Nacional, es adoptar y seguir una efectiva política «Conozca a su cliente». La política “Conozca a su cliente” de La Nacional requiere que la misma y sus agentes realicen un esfuerzo razonable para determinar la verdadera identidad de cada cliente y estar alerta a los clientes que utilizan los productos y servicios de La Nacional para asegurarse que La Nacional no sea víctima de prácticas ilegales. Es por esta razón que La Nacional ha puesto en marcha procedimientos que cumplen con la Ley de Secreto Bancario y Anti Lavado de Dinero (Manual de Cumplimiento) para los empleados y agentes, que, entre otras cosas, contienen procedimientos estrictos para la obtención de la identificación y otra información del cliente en los límites fijados por la Nacional antes de procesar transacciones. La información obtenida para enviar y recibir transacciones también se utiliza a efectos de control para identificar las transacciones que se reportan en los reportes de transacciones en efectivo («CTR»), así como la posible estructuración para evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o cualquier procedimiento de La Nacional, el posible blanqueo de dinero u otra actividad penal o inusual para informar a las adecuadas autoridades gubernamentales.

Otra manera efectiva de evitar que los delincuentes utilicen los servicios de La Nacional es adoptando y siguiendo una efectiva política de Conozca a su agente. La gran mayoría de las transacciones de la Nacional con los clientes se llevan a cabo por los agentes ubicados en los Estados Unidos. Por lo tanto, La política “Conozca a su Agente” de La Nacional requiere llevar a cabo la debida diligencia para familiarizarse con cada agente, sus directores y de negocios antes de establecer la relación. La política “Conozca a su Agente” de La Nacional también le obliga a monitorear las transacciones para detectar patrones de actividad de los agentes que pueden indicar la estructuración para evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o cualquier procedimientos de La Nacional, posible lavado de dinero o cualquier actividad penal o inusual de modo que puedan actuar adecuada y reportar si es necesario la actividad a las autoridades gubernamentales correspondientes. La Nacional ha puesto en marcha procedimientos que cumplen con la Ley de Secreto Bancario y Anti Lavado de Dinero (Manual de Cumplimiento), que contienen los procedimientos de los agentes están obligados a seguir con los procedimientos de las transacciones de La Nacional. Programa de Cumplimiento Legal: Ley de Secreto Bancario y Anti Lavado de Dinero. Las políticas Conozca a su cliente y Conozca a su Agente de La Nacional son partes esenciales de su fuerte programa de Cumplimiento de toda la compañía cumpliendo con la Ley de Secreto Bancario y Anti Lavado de Dinero (el «Programa»), que consta de los siguientes cuatro componentes:

a) Designación de un funcionario encargado de la operación cotidiana del Programa; b) Un sistema de controles internos para monitoreo; c) La capacitación del personal apropiado, y d) d. Las pruebas independientes del Programa de cumplimiento. El programa ha sido adoptado por la Junta De Directores de La Nacional y se pone en práctica a través del Manual de Cumplimiento (Compliance Manual se referirá conjuntamente en lo sucesivo como el «Nacional de La Procedimientos»). El Oficial de Cumplimiento de LA Nacional de Cumplimiento de la oficial ha sido designado como el funcionario responsable de coordinar y controlar día a día el cumplimiento con el Programa. Con este fin, es la política de La Nacional a:

  1. Cumplir con los requisitos de información y archivo de la Ley de Secreto del Banco y su normativa de desarrollo (en adelante denominado el «BSA»), incluyendo la presentación de CTR y llevar registros de las transferencias bancarias y las ventas en efectivo de instrumentos monetarios de $ 3,000 y más;
  2. Mantener todos los registros y copias de todos los informes requeridos por la BSA durante al menos cinco años;
  3. Mantener y actualizar el Programa en su caso.
  4. La Nacional enérgicamente sigue su política de Conozca a su cliente tal como se aplica por sus procedimientos:

a. Que requieren la identificación y otra información del cliente en los límites fijados por la Nacional antes de que el procesamiento de transacciones;

b. Negarse a procesar una transacción si el conductor no presenta la identificación requerida o proporciona información que aparece es falsa o incoherente, o si la transacción es indicativo de la estructuración de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o el Nacional de La Procedimientos, posible lavado de dinero u otros criminales o actividad inusual, y

c. Estar alerta y control de las transacciones para identificar las transacciones de divisas que se reportan en el CTR, así como la actividad del cliente que puede ser indicativo de la estructuración de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o el Nacional de La Procedimientos, el blanqueo de dinero posible o penal o inusual otra actividad ;

  1. La Nacional enérgicamente sigue su política de «Conozca a su agente» implementada por sus procedimientos:

a. La realización de la diligencia debida en cada agente, antes de entrar en una relación;

b. Ayudar a cada agente en el cumplimiento de la BSA, proporcionando un resumen de la BSA y el lavado de dinero contra las leyes, así como los procedimientos de Agente;

c. Requiere que cada agente informe de actividades que pueden ser indicativos de la estructuración de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o el Nacional de La Procedimientos, el blanqueo de dinero posible o penal o inusual otra actividad que implique un cliente de La Nacional a las autoridades gubernamentales adecuadas, así como proporcionar una copia de cada informe de La Nacional;

d. La implementación de controles para supervisar las operaciones para detectar patrones de actividad del agente que puede ser indicativo de la estructuración de evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro o el Nacional de La Procedimientos, el blanqueo de dinero posible o penal o inusual otra actividad, y

e. Tomando las medidas adecuadas con respecto a cualquier agente que La Nacional ha informado al gobierno por participar en conocido o sospecha de actividad delictiva, que puede incluir terminación de agente de la Agencia del Acuerdo con La Nacional;

  1. Inmediatamente refiera si sabe o se sospecha un caso de estructuración en evadir la presentación de informes BSA o requisitos de registro de los procedimientos de La Nacional, el blanqueo de dinero posible u otra actividad penal o inusual que implique algún cliente o agente al Oficial de Cumplimiento, que después de una investigación, informará sin demora si sabe o sospecha actividad delictiva a las autoridades gubernamentales adecuadas, en consonancia con el estado aplicable y las leyes federales y regulaciones;
  2. Nunca dar cualquier consejo o asistencia de otra índole a los clientes o agentes con respecto a la forma de estructurar las transacciones de divisas o de eludir la presentación de informes o registros requisitos de la BSA o de procedimientos de La Nacional, y
  3. Cooperar plenamente con las autoridades de aplicación de la ley dentro de los límites de la ley aplicable.

Es responsabilidad de cada empleado, funcionario y director de La Nacional de leer, entender y apegarse estrictamente a esta declaración de política de La Nacional sobre el cumplimiento del programa BSA y Anti lavado de dinero, las políticas y procedimientos. Las preguntas deben ser dirigidas al Oficial de Cumplimiento. Violaciones del programa de BSA y Anti lavado de dinero de La Nacional, sus políticas y procedimientos puede ser motivo para una acción disciplinaria, incluyendo la terminación del empleo.

Esta transacción está sujeta a los reglamentos y condiciones estipuladas en este recibo. Su firma es su aceptación. Este recibo no es válido si no es procesado a través del sistema de computación de La Nacional y contiene la impresión generada por computador del nombre y dirección del agente y número correcto de recibo. Envios de Valores La Nacional Corp. (La Nacional) se responsabiliza por cualquier atraso o no entrega. Excepto como acordado a continuación. Los clientes que soliciten una devolución deberán traer el recibo original y una identificación con foto, al lugar indicado en el frente del recibo. No se podrá devolver o hacer una devolución si hay error en la identificación o información proveída por el cliente. Reclamos podrán requerir (15) días hábiles para resolverse, cargos adicionales podrían incluirse si un error fuese cometido por el cliente. No estamos obligados a hacer ninguna devolución por pagos retrasados hasta que recibamos confirmación de cancelación del envío por parte de nuestro corresponsal. No se aceptarán reclamos después de los 180 días de la fecha de este recibo. No seremos responsables por acciones, pérdidas o daños por razón o resultado de no poder localizar al beneficiario o errores en identificar el nombre del beneficiario o resultado de Guerra declarada o no, censura, bloqueo, insurrección, conmoción civil o cualquier decreto de ley, moratorios, regulaciones, compulsiones o control público o doméstico o gobierno extranjero de jure o de facto o cualquier otra agencia como resultado de otras causas y que las mismas estén fuera de nuestro control, o cualquiera oficina, sucursal, corresponsal o agente, esté o no en conexión con la transferencia ya descrita o en conexión con cualquier transferencia tomada por nosotros con el propósito de hacer disponible dicho intercambio en el exterior, como se describe por concepto de esta orden, todos estos riesgos serán asumidos por el cliente. Si por alguna razón el envío no ha sido pagado y el dinero no se reclama o provee instrucciones adicionales, durante el período de seis meses a partir de la fecha que se efectuó el envío, se le aplicará un costo de $2.00 al mes. Este cargo adicional se obtendrá de la transacción enviada para compensar a La Nacional por mantenimiento administrativo adicional asociado con estas transacciones. La Nacional es una empresa dedicada al envío de dinero. Esta autorizada y sujeta a los reglamentos del Departamento de Bancos de New York y otros estados. Cualquier reclamo en New York puede ser dirigido a “The New York State Banking Department”, localizada en la 1 State St. New York, NY 10004-1417. Attn: Consumer Service División. Reclamos de otros estados pueden enviarse a La Nacional, 7901 Southpark Plaza Suite 216, Littleton, CO 80120. Favor ver debajo una tabla con las informaciones de los distintos estados en donde La Nacional opera.